Cómo calcular los impuestos en las importaciones
Cómo calcular el IVA y el arancel de importación
Las mercancías que se importan de fuera de la Unión Europea deben ser despachadas para que sean “nacionalizadas” (existen excepciones según el objetivo de la importación, es decir, el régimen que vaya a aplicarse: por ejemplo, perfeccionamiento activo o pasivo, transformación, importación temporal, etc.).
Como resultado del despacho de aduanas, el importador tendrá que pagar los impuestos: IVA y arancel. ¿Y cómo se determina la base de cálculo de esos impuestos?
Origen de la mercancía y nomenclatura arancelaria
El primer paso consiste en identificar el origen de la mercancía y clasificarla según la nomenclatura arancelaria del sistema TARIC (sistema aduanero común de la Unión Europea).
La partida arancelaria nos indicará cual es el porcentaje de arancel e IVA a aplicar, así como otros requisitos que deban cumplirse: por ejemplo, necesidad de que el importador acredite licencia de importación, servicios previos de inspección (SOIVRE, Farmacia, etc), documentos originales a presentar junto con el DUA, etc.
La partida arancelaria suele facilitarla el proveedor en origen, pero siempre recomendamos a nuestros clientes importadores revisar la información con su agente de aduanas para evitar problemas con el despacho.
Valor en aduana o valor CIF de mercancía
Una vez tenemos identificado el origen y la partida, a continuación determinamos el valor en aduana o valor CIF de la mercancía., sobre el cual aplicaremos el porcentaje de arancel, obteniendo así el importe de Arancel de Importación
Con estos importes podremos calcular entonces la base de IVA, la cual estará formada por la suma de los siguientes conceptos:
- Valor en aduana
- Arancel de importación
- Tasas portuarias (T3)
- Descarga y manipulación (THC)
Y sobre la base de IVA, podemos ya aplicar el porcentaje de IVA.
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EJEMPLOS DE CALCULO DE IMPUESTOS EN LAS IMPORTACIONES
A continuación te mostramos algunos casos de ejemplo.
Calculo de impuestos en una importación marítima FCL de China
Supongamos una importación marítima FCL de China, donde se han producido los siguientes gastos:
- En China: 450 USD (desde casa del proveedor hasta la carga del contenedor en el buque)
- Flete marítimo: 1000 USD
- Gastos en España:
- THC: 170 EUR
- T3: 50 EUR
- Transporte hasta casa del importador: 200 EUR
- Seguro: no hay seguro contratado con el transitario que organiza el transporte
- Resto de gastos en destino (documentación, despacho aduanas, etc): 150 EUR
Además, tenemos los siguientes datos:
- Importe según factura comercial: 7.500 USD
- Mercancía: pantalones largos de algodón
- El agente de aduanas nos indica que la partida arancelaria aplicable es la 6103.4200/00, la cual lleva asociada un arancel del 12% para origen China, y el IVA del 21%.
Los importes en divisa extranjera deben convertirse a EUR, y para ello se aplica el cambio oficial proporcionado por la Aduana con carácter mensual. A efectos de los siguientes ejemplos, tomaremos como cambio: 1 USD = 0,72 EUR.
Con respecto al seguro del transporte, se tendrá en cuenta el siguiente: (i) el seguro contratado con el transitario, si lo hay; o, el importe resultante de la propia póliza de seguro que pueda tener el importador; (ii) en caso de no aplicar ninguno de los anteriores supuestos, se tendrá en cuenta el “seguro a efectos de aduanas”, calculándose el 3 por 1000 del valor de la factura comercial.
Veamos el cálculo de los impuestos para una importación en condiciones FOB, en base a los anteriores datos:
Concepto | Importe USD | Importe EUR |
Valor mercancía | $7.500,00 | 5.400,00 € |
Flete | $1.000,00 | 720,00 € |
Seguro (3/1000) | $22,50 | 16,20 € |
Total | 6.136,20 € |
Aplicamos el porcentaje de arancel correspondiente, según partida arancelaria y origen de la mercancía:
Valor en Aduana | 6.136,20 € |
Arancel 12% | 736,34 € |
Total | 6.872,54 € |
Calculamos la base de IVA, sumando los conceptos necesarios:
Valor en aduana +arancel | 6.872,54 € |
THC | 170,00 € |
T3 | 50,00 € |
Total | 7.092,54 € |
Y sobre la base imponible, podemos aplicar ya el porcentaje de IVA
Base de IVA | 7.092,54 € |
IVA 21% | 1.489,43 € |
Los impuestos de esta importación ascenderían a 736,34 Eur de Arancel, y 1.489,43 Eur de IVA.
En caso de que la importación fuera en condiciones EXW, deberíamos añadir los gastos en China, siendo el resto del proceso igual que la importación en condiciones FOB:
Concepto | Importe USD | Importe EUR |
Gtos en China | $450,00 | 324,00 € |
Valor mercancía | $7.500,00 | 5.400,00 € |
Flete | $1.000,00 | 720,00 € |
Seguro (3/1000) | $22,50 | 16,20 € |
Total | 6.460,20 € | |
Valor en aduana | 6.460,20 € | |
Arancel 12% | 775,22 € | |
Total | 7.235,42 € | |
Valor en aduana + arancel | 7.235,42 € | |
THC | 170,00 € | |
T3 | 50,00 € | |
Total | 7.455,42 € | |
Base de IVA | 7.455,42 € | |
IVA 21% | 1.565,64 € | |
Los impuestos de esta importación ascenderían a 775,22 Eur de Arancel, y 1.565,64 Eur de IVA.
En las importaciones en condiciones CIF; no tendremos que hacer ningún cálculo previo, más allá de añadir los importes de THC y T3. Lo mismo aplicaría para una importación CFR, debiendo incorporar también el importe del seguro.
Calculo de impuestos en una importación aérea
Veamos ahora un ejemplo de una importación aérea de China con los siguientes datos:
- Flete aéreo: 4.500 USD
- Importe según factura comercial: 25.000 USD
- Sin seguro contratado
- Partida arancelaria con arancel del 12% para origen China, y el IVA del 21%.
Tal y como hemos visto en el post sobre los impuestos en las importaciones aéreas, para el cálculo del valor en aduana en caso de flete pagadero en destino, se debe ajustar el importe de dicho flete.
Vemos a continuación el cálculo de los impuestos, con y sin dicho ajuste, si bien hay que dejar claro que la forma correcta (legal!) de proceder es aquella con el ajuste.
Cálculo con flete ajustado:
Concepto | Importe USD | Importe EUR |
Valor mercancía | $25.000,00 | 18.000,00 € |
Flete al 100% | $4.500,00 | 3.240,00 € |
– Transp. interior 30% | $1.350,00 | 972,00 € |
Seguro (3/1000) | $75,00 | 54,00 € |
Total | 20.322,00 € | |
Valor CIF ajustado | 20.322,00 € | |
Arancel 12% | 2.438,64 € | |
Total | 22.760,64 € | |
Valor en aduana + arancel | 22.760,64 € | |
Transp. interior 30% | 972,00 € | |
Total | 23.732,64 € | |
Base imponible IVA | 23.732,64 € | |
IVA 21% | 4.983,85 € |
Cálculo sin flete ajustado:
Concepto | Importe USD | Importe EUR |
Valor mercancía | $25.000,00 | 18.000,00 € |
Flete al 100% | $4.500,00 | 3.240,00 € |
Seguro (3/1000) | $75,00 | 54,00 € |
Total | 21.294,00 € | |
Valor en Aduana | 21.294,00 € | |
Arancel 12% | 2.555,28 € | |
Total | 23.849,28 € | |
Base imponible | 23.849,28 € | |
IVA 21% | 5.008,35 € |
En casos de partidas arancelarias con un porcentaje alto de arancel, así como importes elevados de flete y valor de factura comercial, la diferencia del arancel e IVA resultantes puede ser considerable. Te recomendamos que verifiques con tu agente de aduanas que calcula tus impuestos correctamente.
Por Blanca Romeu
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