Régimen de transformación bajo control aduanero

ADVERTIMOS QUE ESTE RÉGIMEN NO ESTÁ VIGENTE DESDE LA ENTRADA EN VIGOR DEL NUEVO CAU EN MAYO DE 2016

El régimen de transformación bajo control aduanero dejó de estar operativo con la entrada en vigor del nuevo Código Aduanero de la Unión el pasado 1 de mayo de 2016, según el Reglamento (UE) 952/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de octubre de 2013.

El nuevo CAU eliminó este régimen como régimen propio, si bien, a efectos prácticos queda integrado dentro del régimen de perfeccionamiento activo.

Con el nuevo CAU, bajo el régimen de perfeccionamiento activo se despachan también las mercancías de importación en España tras ser transformadas pagando los aranceles que correspondan a la mercancía transformada en lugar de ser reexpotadas.

¿En qué consiste el régimen de transformación bajo control aduanero?

Este régimen permite la introducción de mercancías no comunitarias en el territorio aduanero de la Comunidad, sin estar sujetos a los derechos de importación y a las medidas de política comercial, donde son transformadas de forma que varia su estado o especie, y posteriormente son despachadas a libre practica (pagando solo derechos arancelarios)  o a “consumo” (pagando derechos arancelarios e IVA) con los derechos arancelarios que corresponden a los productos transformados o y no los que correspondan a los importados sin transformar.

Existe un listado de mercancías concretas que pueden acogerse a este régimen y que van a someterse a las transformaciones especificadas en la normativa aduanera.

Las operaciones normales de transformación aceptadas suelen ser:

  1. Transformación en muestras o colecciones
  2. Reducción a desperdicios
  3. Destrucción
  4. Desnaturalización
  5. Recuperación de partes o elementos, regeneración
  6. Separación y/o destrucción de partes averiadas
  7. Transformación para remediar los efectos de averías sufridas 

¿A quien le interesa solicitar el régimen de transformación bajo control aduanero?

Este régimen interesa principalmente a empresas importadoras que vayan a transformar mercancía en la Unión Europea (mercancías y transformación incluidas en la lista establecida en la normativa aduanera) para luego venderla/introducirla en la Unión Europea siempre que los aranceles del producto importado sean mayores que los aranceles del producto transformado que serán los que se liquidarán finalmente por el importador.

¿Cómo puede una empresa solicitar la autorización de transformación bajo control aduanero?

Es necesario presentar un modelo oficial que será rellenado por TIBA a partir de los datos que usted le haya aportado previamente.
TIBA se ocupará de las tramitación y la obtención ante la Aduana Española.

Actualmente existen pocas empresas que disponen de esta autorización y algunas de ellas la han obtenido gracias al apoyo y la gestión de TIBA que goza de experiencia en este régimen.

Más información sobre regímenes aduaneros especiales:

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