7 ventajas del OEA en el nuevo CAU
Por: Blanca Romeu
Como ya os avanzamos en el post anterior, el pasado 1 de mayo entró en vigor el Nuevo Código Aduanero de la Unión Europea (CAU), con el objetivo principal de crear una verdadera unión aduanera, donde operadores, normas y procedimientos actúan y se aplican de manera uniforme.
Aquellos que hayáis tenido paciencia para leer las 100 páginas del Reglamento CAU, habréis detectado que se repiten una serie de principios e ideas a lo largo de texto, que resumen las intenciones del CAU:
¿Qué posición ocupa el Operador Económico Autorizado (OEA) en el nuevo CAU? Pues el hecho de que salga mencionado hasta en 57 ocasiones a lo largo del texto nos da una pista de la importancia de esta figura.
Con el CAU, el OEA se convierte en un operador necesario para conseguir los objetivos de la normativa. Y a cambio se le ofrecen una serie de ventajas logísticas y financieras.
1. SIMPLIFICACIÓN EN EL DESPACHO DE ADUANAS
Imaginemos la complejidad (¡y tiempo!), de tener que presentar una declaración aduanera con una larguísima lista de diferentes sub-partidas arancelarias (que son las que determinan el derecho arancelario a pagar a la Aduana).
Pues bien, el OEA tiene la posibilidad de declarar todas de manera simplificada en una única sub-partida; cierto es que dicha sub-partida será la que pague el derecho arancelario más alto, pero el ahorro en tiempo está garantizado.
2. DESPACHO CENTRALIZADO EUROPEO
El OEA de Simplificación Aduanera tendrá la posibilidad de despachar ante una aduana centralizadora de un estado miembro diferente a la aduana donde esté ubicada la mercancía. Una empresa española que fabrica en un tercer país y realiza importaciones directamente en países diferentes a España, para la venta de su mercancía: podría despachar su carga desde España, estando la misma en otro estado miembro diferente. Esto le permitirá centralizar sus operaciones aduaneras, homogeneizar estos procesos, ganar en eficiencia y optimizar su cadena de suministro.
Ejemplo
Cabe mencionar que el despacho centralizado no estará totalmente implementado hasta dentro de unos años, ya que la adopción de especificaciones técnicas está prevista para el primer trimestre de 2017 y la implantación definitiva para 2020.
3. INSCRIPCIÓN EN LOS REGISTROS DEL DECLARANTE
Con el CAU desaparece el término “Domiciliación”, el cual queda sustituido por la denominación “Inscripción en los Registros del Declarante”.
Se trata de un procedimiento simplificado, un autodespacho, que permite sustituir las declaraciones aduaneras por una anotación contable, despachando así en las propias instalaciones del operador.
La mercancía va directamente a las instalaciones del operador o sale de éstas sin pasar por la aduana, y se entiende despachada en el momento de la inscripción de entrada o salida en los registros contables del operador.
4. PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO DEL VALOR EN ADUANA
Esta ventaja permite al OEA presentar la declaración de aduanas a la importación con un valor en aduana provisional, hasta que disponga de la información necesaria para el cálculo correcto de dicho valor. Aunque estará sujeto a autorización, permitirá a los operadores ganar tiempo.
5. REDUCCIÓN O DISPENSA DE GARANTÍAS A PRESENTAR ANTE LA ADUANA
Probablemente una de las ventajas financieras que más interés va a suscitar entre los OEA y quienes tengan interés por obtener este estatus: el CAU prevé reducciones del 30%, 50% y 70%, o incluso la dispensa total (exención), dependiendo del régimen aduanero declarado.
6. AUTOEVALUACIÓN
Aquellos OEA que cuenten con la inscripción en los registros contables podrán aplicar procedimientos de autoevaluación. Esto significa que ellos mismos realizarán determinados cálculos y aplicarán ciertos controles que hasta la fecha eran competencia de la aduana, como por ejemplo, determinar el importe de la deuda aduanera.
7. RECONOCIMIENTO MUTUO INTERNACIONAL DEL OEA
Una gran ventaja de la certificación OEA, que no es nueva con el CAU, pero merece recordarla, es el llamado reconocimiento mutuo a nivel internacional para los OEA de protección y seguridad.
El reconocimiento mutuo persigue que las ventajas (o gran parte de ellas), de un OEA sean reconocidas entre aquellos países que hayan firmado un acuerdo de este tipo.
Si bien cada Acuerdo de Reconocimiento Mutuo (RMA, en inglés), recoge de manera particular el tipo y grado de reconocimiento, las ventajas comunes a todos ellos podrían resumirse en:
- Menor número de controles físicos y documentales en las aduanas.
- Tratamiento prioritario durante el proceso aduanero.
A día de hoy, la Unión Europea ha implementado RMA’s con China, Estados Unidos, Japón, Andorra, Suiza y Noruega; y está en negociaciones con otros territorios, como Singapur, Canadá y Sudáfrica, por lo que es de esperar que esta lista crezca y más aun con el CAU.
¿Te interesa obtener la certificación OEA?
¿Quieres aprovechar las ventajas del nuevo CAU?
Dejar un comentario
¿Quieres unirte a la conversación?Siéntete libre de contribuir!