Exportar desde Colombia: 10 puntos a tener en cuenta
El mundo está inundado de oportunidades comerciales para los empresarios. Gracias a la exportación, las compañías crecen, generan más empleo y logran competitividad. ¡Entérate de todo lo que necesitas saber para exportar desde Colombia aquí!
1. REGISTRO ÚNICO TRIBUTARIO (RUT)
En Colombia cualquier persona natural o empresa que desee importar o exportar, debe tener un Registro Único Tributario (RUT), que lo capacite ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN). En caso de que ya lo tengas, debes verificar que estés registrado como exportador o importador, de lo contrario necesitarás actualizarlo: con el código 22 para exportaciones y el código 23 para importaciones. Si vas a realizar ambas operaciones deberás tener los dos códigos.
2. CLASIFICACIÓN ARANCELARIA
Para exportar desde Colombia debes definir tu producto e identificarlo dentro de la categorización internacional de mercancías mediante la clasificación arancelaria.
Los primeros seis dígitos son la llamada subpartida arancelaria, cuya función es identificar un producto en cualquier país. A parte de esto, cada país en su arancel de aduanas agrega otros dígitos, por lo general cuatro, completando 10 dígitos. Con la subpartida arancelaria es posible también detallar los impuestos o derechos de aduana que se cobran sobre las mercancías que ingresan definitivamente a un país e incluyen algunas condiciones de acceso a los mercados y preferencias brindadas en los acuerdos de libre comercio.
Consulta la posición arancelaria de tu producto a través del servicio en línea de la DIAN, mediante el nombre técnico que describe lo describe o una palabra clave.
3. VISTOS BUENOS REQUERIDOS PARA EXPORTAR DE COLOMBIA
Los vistos buenos son requisitos de seguimiento a condiciones específicas de un producto para su salida o ingreso al país. El cumplimiento de este requisito tendrá que ver con la protección de la salud humana y animal ya que certifica la inocuidad y salubridad de los productos para uso o consumo de los seres humanos y animales.
Para algunos productos se exige que el exportador se encuentre inscrito en la entidad encargada de su control para el otorgamiento del visto bueno. Te compartimos algunos ejemplos:
- INVIMA: Productos alimenticios, farmacéuticos, cosmetología, bebidas alcohólicas.
- ICA: Animales, productos de origen vegetal, plaguicidas, semillas, fertilizantes, etc.
- AUNAP: Peces ornamentales.
- MinMinas: Piedras preciosas, semipreciosas, joyería, carbón.
- Federación de Cafeteros: Café verde o procesado.
- Fondo Nacional de Estupefaciente: Productos que contienen sustancias sometidas a la fiscalización.
4. INCOTERMS
Previa la exportación, y cualquier procedimiento aduanero, es necesario un contrato o acuerdo de compraventa internacional con el cliente que incluye términos y condiciones para el vendedor y el comprador. En este contrato o acuerdo se incluye una de las normas de negociación internacional INCOTERMS, que estipulan costos, punto de entrega, documentación y riesgos involucrados en la distribución física de la mercancía, para cada una de las partes.
El término de negociación a escoger depende del tipo de producto, el medio de transporte, la capacidad logística del vendedor y del comprador, entre otros aspectos.
5. REGISTRO ANTE LA VENTANILLA ÚNICA DE COMERCIO EXTERIOR (VUCE)
La Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE) es la herramienta principal que facilita del comercio del país y los trámites de comercio exterior de los usuarios vinculados a 21 entidades del estado, para promover actuaciones administrativas transparentes, intercambiar información y eliminar la repetición de procedimientos.
Como exportador, debes inscribirte en la VUCE, siguiendo estos pasos:
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- Adquirir previamente tu firma digital, contactando alguna de las entidades autorizadas por la ONAC.
- Cuando obtengas la firma digital, ingresa a la VUCE para solicitar tu usuario aportando la información que la plataforma te solicite.
En esta ventanilla virtual, los exportadores pueden efectuar algunos trámites asociados a una subpartida arancelaria tales como registro de productores nacionales, trámite electrónico de autorización previa de exportación, acceso a entidades gubernamentales vinculadas con la gestión de vistos buenos, sistema de inspección simultánea, registro ante Policía Antinarcóticos, entre otros.
6. CERTIFICADO DE ORIGEN PARA EXPORTAR DESDE COLOMBIA
Las exenciones o reducciones que se otorgan en las negociaciones de los acuerdos de libre comercio, exigen un Certificado de Origen. Para conseguirlo debes diligenciar previamente la Declaración Juramentada de Determinación de Origen (un formulario por cada producto), en la DIAN.
7.DOCUMENTACIÓN PARA EXPORTAR DE COLOMBIA
Una vez esté lista la mercancía prepara los siguientes documentos:
- Factura comercial (escrita en inglés y/o español, valor (en moneda o divisa fuerte, USD, por ejemplo), descripción del producto, cantidad, subpartida arancelaria, INCOTERM, forma de pago, etc.).
- Lista de empaque (escrita en inglés y/o español)
- Visto bueno (si aplica).
- Certificado de origen (si aplica).
- Otros documentos exigidos para el producto a exportar (fichas técnicas, por ejemplo).
8. DESPACHO DE EXPORTACIÓN
Si el monto de las mercancías que exportarás es mayor a 30.000 USD (valor FOB), es necesario realizar el despacho de exportación a través de una agencia de aduanas que esté autorizada por la DIAN, que te representará ante la autoridad aduanera y te guiará con detalle en el siguiente proceso.
Para realizar el despacho es necesario:
- Aportar los documentos mencionados a la autoridad aduanera o a tu agente de aduanas según se te soliciten.
- Tú o tu agente de aduanas debe gestionar la solicitud de autorización de embarque SAE (trámite electrónico DIAN-MUISCA), ante la Dirección Seccional de Aduanas del puerto o aeropuerto donde esté ubicada la mercancía.
- La Solicitud de Autorización de Embarque está vigente un mes, en el cual se hará el traslado e ingreso de la mercancía a zona Primaria (mediante planilla de traslado a través de los servicios informáticos electrónicos).
- El aforo aduanero. El sistema informático de la DIAN brinda tres opciones: aforo físico (revisión física de la mercancía); aforo documental (revisión documentos) y aforo automático (el sistema informático brinda el numero de la Declaración de Exportación (DEX)).
- Según lo declarado y contenido en los documentos soporte de exportación, la aduana autoriza el embarque.
- Tu o tu agente aduanas, firmará y presentará la DEX (forma 600), generada electrónicamente.
9. EXPORTACIÓN DE MUESTRAS SIN VALOR COMERCIAL
La exportación de algunas muestras sin valor comercial también está sujeta al cumplimiento de determinadas normas sanitarias o a la obtención de los correspondientes vistos buenos. En líneas generales, los requisitos para las exportaciones de muestras sin valor comercial son:
- La factura comercial o factura proforma, debe incluir el valor de la mercancía para efectos aduaneros y la cantidad. Además la factura debe estar expresada es una divisa fuerte como son el dólar, el euro, la libra, el yen japonés o el franco suizo, según se acuerde con el comprador. No incluirá IVA, ya que las exportaciones desde Colombia no están sujetas al IVA.
- Certificado de origen, si así lo exige el comprador.
- Diligenciamiento de la Declaración Simplificada de Exportación (Código 610) en la oficina de la DIAN por donde se va a despachar la mercancía (a través del sistema electrónico de la DIAN).
Tal y como recoge el Decreto 390/2016 del Estatuto Aduanero, determinados productos que no se pueden exportar por este régimen y además, se limita a 10.000 USD (valor FOB), el cupo anual para exportar mercancía sin valor comercial.
10. CAMBIO DE DIVISAS POR EXPORTACIÓN DE BIENES
Una vez recibido el pago de tu mercancía en el modo y divisa acordadas con tu comprador, deberás convertir ese monto de dinero expresado en una moneda extranjera a la moneda nacional (peso colombiano).
Cuando las divisas provenientes de la exportación sean canalizadas a través de un intermediario cambiario como un banco comercial, debes diligenciar el Formulario No. 2 Declaración de Cambio por Exportación de Bienes, proporcionado por tu intermediario.
¡Exporta desde Colombia!
¡Cotiza tu exportación!
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