Control a la importación productos siderúrgicos
La UE impone una nueva medida de control a la importación de productos siderúrgicos fabricados con insumos de origen ruso
A partir del 30 de septiembre, para importar a la UE ciertos productos siderúrgicos se requiere presentación de una prueba en la que se especifique que en su fabricación no se han utilizado insumos de hierro o acero originarios de Rusia, independientemente al país de origen de la mercancía.
Esta medida pretende evitar que los productos restringidos, aunque se hayan transformado en país tercero diferente a Rusia, tengan realmente componentes u origen ruso.
Importo productos siderúrgicos, ¿me afecta este nuevo control a la importación?
Todas las importaciones de los productos siderúrgicos recogidos en el Anexo XVII del REGLAMENTO (UE) No 833/2014 DEL CONSEJO de 31 de julio de 2014 relativo a medidas restrictivas motivadas por acciones de Rusia que desestabilizan la situación en Ucrania (europa.eu), están sujetas a este nuevo control.
*Excepciones para la partida 7207.11, ya que la prohibición se aplicará a partir del 1 de abril de 2024 y partidas 7207.12.10 , 7224.90, la prohibición se aplicará a partir del 1 de octubre de 2024.
Para acreditar que los productos que se pretende importar no han utilizado en su fabricación ningún componente de origen ruso, será necesaria la aportación como documento anexo al DUA de importación, de una prueba del país de origen de los insumos utilizados en a fabricación.
¿Qué tipo de documento puedo presentar como prueba al importar productos siderúrgicos?
Se permite como medio de prueba un certificado de ensayo o prueba de fábrica (MCT), en función de si trata de producto semielaborado o terminado.
El contenido obligatorio de uno y otro certificado es:
MCT: Certificado de ensayo de fábrica para productos semielaborados:
- Nombre de la instalación donde tiene lugar la producción.
- Nombre del país correspondiente al número térmico (país de la cuchara de fusión).
- Clasificación a nivel de subpartida (código de seis dígitos) del producto.
MCT: Certificado de prueba de fábrica para productos terminados:
- Nombre de la instalación donde tiene lugar la producción.
- Nombre del país correspondiente al número térmico (país de la cuchara de fusión).
- Clasificación a nivel de subpartida (código de seis dígitos) del producto.
- Nombre del país y el nombre de la instalación donde se llevan a cabo las siguientes operaciones de transformación, según proceda: Laminado en caliente, Laminado en frío, Recubrimiento metálico por inmersión en caliente, Recubrimiento metálico electrolítico, Recubrimiento orgánico, Soldadura, Perforación/extrusión, Embutición/Pelado, Soldadura ERW/SAW/HFI/Láser.
En cualquiera de los casos, la responsabilidad final sobre la veracidad de la información reflejada en los documentos será del importador.
Sin perjuicio de lo anterior, las autoridades aduaneras podrán exigir pruebas adicionales cuando así lo consideren, como por ejemplo certificados complementarios de pruebas de fábrica independientes para las diferentes etapas de transformación por las que haya sido sometido el producto, facturas, albaranes de entrega, certificados de calidad, declaraciones de proveedores a largo plazo, documentos de costes y fabricación, documentos aduaneros del país exportador, correspondencia comercial, descripciones de producción, declaraciones del fabricante o exclusión.
También pueden considerarse como prueba adecuada las cláusulas de los contratos de compra que indiquen el origen no ruso de los productos primarios.
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