Archivo electrónico documental
A partir del 2014, una de las obligaciones de los prestadores de servicios aduanales, es formar un archivo electrónico que deberá entregarse a los importadores y exportadores de cada uno de los pedimentos, con la información transmitida y presentada en el documento electrónico digital, como parte de sus anexos conforme a los artículos 6º, 36 y 36-A de la Ley de Comercio Exterior y demás disposiciones aplicables.
Independientemente de las demás obligaciones fiscales, el archivo electrónico deberá conservarse por los plazos establecidos en el Código Fiscal de la Federación (5 años), en los que la autoridad aduanera y fiscal podrá comprobar las operaciones de Comercio Exterior que se realizaron en dicho periodo.
Actualmente TIBA México dentro de su especialización en materia aduanera, ofrece a sus clientes como extensión del servicio de coordinación aduanal y sin cargo adicional, la gestión y administración documental de los archivos presentados a la Aduana como parte de las obligaciones adquiridas, lo que representa para nuestros clientes una ventaja diferencial con respecto de nuestros competidores.