Regulación de productos cosméticos: Anteproyecto de Real Decreto
La normativa española de cosméticos, vigente desde 1997, fue modificada por la entrada en vigor el pasado 13 de julio de 2013 de una nueva normativa de la UE (Reglamento (CE)1223/09). No obstante y con el propósito de introducir nuevos cambios que garanticen la seguridad para los consumidores de estos productos, la Agencia Española del Medicamento y Productos Sanitarios se encuentra elaborando un nuevo Real Decreto de regulación de cosméticos, cuya aprobación y entrada en vigor se espera para los próximos meses.
Las novedades sobre la situación actual que supondrá su aplicación, en lo relativo a los trámites para la importación de productos cosméticos, junto con el desarrollo de la figura de la Declaración Responsable, se centran en los siguientes aspectos:
- Inclusión en el etiquetado de los datos correspondientes a la Persona Responsable de la Comercialización del Producto en la UE, requisito que no es necesario en la actualidad, y que supone que no se podrá importar ni comercializar ningún cosmético que no cuente con esta figura. El Responsable debe haber sido designado por el fabricante y puede pertenecer a cualquier país de la Unión Europea, constando como tal en el Portal Europeo de Notificación de Cosméticos.
- Revisión sanitaria en frontera de las materias primas dedicadas a la fabricación de cosméticos, que en la actualidad se encuentran exentas de este control, debiendo acreditar que la empresa a la que van destinadas cuenta con Licencia o Declaración Responsable de Fabricación de estos productos.
- Asimismo establece y desarrolla la Ficha de Seguridad de Productos Cosméticos, requisito sin el cual no se pueden importar ni comercializar estos productos desde el 13 de noviembre de 2013
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