Qué son los derechos antidumping
Dumping y derechos antidumping
El dumping es una práctica comercial que consiste en vender un producto por debajo del precio de mercado, a veces, incluso por debajo del coste de producción, con el objetivo de ganar cuota de mercado o incluso monopolizarlo. Es la conocida como “competencia desleal” o “venta a pérdida”.
Para combatir el dumping y establecer un “código de buena conducta”, en 1947, 23 países firmaron el primer GATT o General Agreement on Tariffs and Trade (Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio), que suscribirían hasta 128 países cuando se sustituyó por la OMC (Organicación Mundial del Comencio) en 1994.
En la actualidad, la forma directa para combatir los efectos de la competencia desleal son los derechos antidumping. La Comisión Europea es quien decreta la aplicación de estos derechos cuando detecta que un país extranjero vende sus productos precios inferiores a los que aplica en su propio país.
Un derecho antidumping establece:
- Cuáles son las empresas afectadas.
- El porcentaje de derechos antidumping.
- El importe en € por unidad que se debe abonar al importarlo.
- Un código TARIC adicional.
Cómo se ejecuta un proceso antidumping
La legislación comunitaria establece el siguiente proceso para la iniciación de un proceso antidumping:
Tipos de derecho antidumping
Existen dos tipos de derechos antidumping según su durabilidad:
- Medidas antidumping provisionales: son las que se establecen desde que se inicia la investigación, pueden aplicarse desde 60 días a 6 meses con opción de prórroga por 3 meses más, pero nunca por un periodo inferior ya que se considera que por debajo de 60 días no es tiempo suficiente para eliminar el perjuicio.
- Medidas antidumping definitivas: son las aplicables una vez finalizada la investigación durante 5 años siempre y cuando sean aprobados por la mayoría de Estados miembros.
Ejemplo práctico de la aplicación de un derecho antidumping
Una empresa española que se dedica a la importación de neumáticos procedentes de China, tiene previsto realizar la próxima operación el 28 de noviembre de 2018.
Quiere importar 200 unidades de neumáticos de caucho destinados a autobuses, clasificados en la partida arancelaria 4011.20.90 y con un valor en aduana de 100.000 euros.
La misma operación la realizó el año anterior abonando en concepto de arancel por estos neumáticos 4.500 €, ya que el tipo de arancel aplicable era de 4.5% sobre el valor en aduana de la mercancía.
Sin embargo, según le ha comentado su agente de aduanas, desde el pasado 4 de mayo de 2018 ha entrado en vigor el Reglamento de la Comisión por el que se impone un derecho antidumping provisional sobre las importaciones de determinados neumáticos de caucho, nuevos o recauchutados, destinados a autobuses y camiones, con un índice de carga superior a 121, originarias de China.
Con ello, se avisa al importador que para la misma importación de 200 neumáticos, este año deberá abonar en concepto de derechos:
- Valor en aduana= 100.000€.
- Tipo de arancel aplicable a 28 nov 2018: 4.5% ->4.500€.
- Antidumping definitivo= 61.76 €/unid -> 12.352 €.
Total a liquidar en concepto de derechos a fecha de noviembre de 2018= 16.852 euros.
En conclusión, la diferencia de derechos liquidados una vez publicado el antidumping respecto al año anterior, cuando aún no aplicaba el mismo, es de 12.352 €.
Cómo saber si mi producto lleva un derecho antidumping
Para saber si una partida arancelaria lleva un derecho antidumping, podemos consultarlo en la web de la Comisión Europea a través del siguiente link:
Continuando con el caso anterior, podría verificar que efectivamente los neumáticos que que quiero importar de China llevan un derecho antidumping siguiendo los siguientes pasos:
Primero hay que incluir la partida arancelaria seguida del país de origen de las mercancías:
Se abrirá una pantalla en la que aparecen los distintos tipos de derechos aplicables a la partida en función del país de origen de las mismas.
Como vemos en el apartado de derechos aplicables a terceros países, se aplica un arancel del 4.5% sobre el valor en aduana.
Además, vemos que en caso de que la mercancía sea origen China se aplica un derecho antidumping definitivo de 61.76 euros por artículo.
Para consultar la normativa concreta aplicable, acceder al link [eurlex] de la columna derecha marcado en azul:
Interesante post. Sobretodo para los que compramos productos de China.
Gracias Roberto.
Nos alegra que lo hayas encontrado útil.
Saludos