Convenio SOLAS – Panamá
Acredita tu MBV (o VGM) en Panamá
Últimamente habrás oído hablar de la MBV, Masa Bruta Verificada, o VGM (Verified Gross Mass, por sus siglas en inglés), una nueva regulación del Convenio SOLAS acordado por la Organización Marítima Internacional (OMI). Según esta regulación, adaptada a Panamá por la Autoridad Marítima de Panamá (AMP), a partir del próximo 1 de julio, todos los productores, expedidores o consolidadores tienen la obligación de certificar su MBV antes de embarcar cualquier mercancía. De lo contrario, esta no podrá ser embarcada por las navieras y, todos los involucrados en el proceso de exportación pueden quedar expuestos a multas, retrasos y otros sobrecostos.
Básculas calibradas y verificadas por el CENAMEP AIP o el CNA
Muchas preguntas surgen en torno a esta nueva regulación. Para tratar de aclararlas, la Autoridad Marítima de Panamá (AMP) ha emitido una resolución oficial. Sin embargo, cada caso es especial, y muchos de ellos tienen que interpretarse adecuadamente. Para empezar, el pesaje para obtener la MBV solo podrán hacerlo tres tipos de entidades:
- Las terminales, siempre que cuenten con básculas calibradas y verificadas para poder realizar los pesajes.
- Empresas de pesaje que también cuenten con estas básculas y que estén autorizadas y acreditadas por las navieras para obtener la MBV.
- Empresas exportadoras que también cuenten con sus básculas calibradas y verificadas por CENAMEP o las empresas autorizadas por el CNA.
Efectivamente, estas básculas necesitarán pasar unos procesos de calibración y verificación por parte del Centro Nacional de Metrología de Panama (CENAMEP AIP) para poder emitir el documento donde se muestre la MBV o VGM de nuestra mercancía. Si las empresas utilizan otros proveedores para la calibración de las balanzas, deben llamar al Consejo Nacional de Acreditación (CNA), para validar que esta empresa es autorizada para estos fines. Igualmente, la AMP, a través de la Dirección General de Puertos e Industrias Marítimas Auxiliares realizará inspecciones periódicas o aleatorias para verificar el cumplimiento de esta regulación.
La AMP ha declarado que habrá reciprocidad de aceptación de la MBV en los países centroamericanos.
¿Qué métodos se emplean para obtener la MBV en Panamá?
La MBV es la suma de los pesos de la mercancía, el contenedor y todos los elementos de sujeción, seguridad y amarre (e izaje, según la metodología empleada para pesar todos los elementos).
- Si traemos nuestra mercancía en un camión con un contenedor cerrado y sellado (especialmente en los casos de FCL), debemos restar el peso del camión (tracto y plana o chasis) al valor que nos indique el tapete o puente de pesaje después de pesarlo con el contenedor.
- Si pesamos nuestra mercancía por separado (especialmente en los casos de LCL), debemos asegurarnos de que sumamos todos estos valores: el peso de la mercancía, los elementos de sujeción, el material para asegurar la mercancía y del contenedor vacío, para obtener la MBV.
- Si pesamos nuestra mercancía por el método de izaje, debemos sumar todos estos valores: el peso de la mercancía, los elementos de sujeción, el material para asegurar la mercancía, el contenedor y los elementos de izaje, para obtener la MBV.
La MBV, por tanto, no es el peso de la carga, o la suma del peso de la carga y el contenedor. Contiene muchos más elementos que debemos tener en consideración.
Cuando el expedidor, la terminal portuaria o una empresa externa autorizada presten el servicio de pesaje, deberán presentar estos documentos:
- El certificado de calibración de los equipos, emitidos y reconocidos por el Consejo Nacional de Acreditación (CNA) del Ministerio de Comercio e Industrias (MICI), así como sus posteriores recertificaciones, cuando le sea aplicable.
- Comunicación escrita indicando el método utilizado para obtener la MBV.
¿Qué documento obtenemos al realizar el pesaje?
Obtenemos un certificado, emitido por el propietario del instrumento para pesar verificado o el responsable del mismo, en el cual consta la MBV del contenedor cargado, cerrado y sellado o de cada carga, bulto, material de trincado, material de sujeción, madera, etc.
¿A quién debo enviar este documento?
Debemos enviar con la suficiente antelación el documento con la MBV obtenida a diferentes entidades:
- Al representante que esté gestionando la reserva ante la naviera bajo su nombre, con el propósito añadido de preparar anticipadamente el plano de estiba del buque.
- Al representante del puerto en destino, que debe tener conocimiento del VGM de nuestro contenedor antes de llegar al puerto en destino.
Este documento deberá ser presentado obligatoriamente de forma electrónica, y debe reflejar los valores de pesaje tanto vacío como lleno.
Igualmente, la terminal portuaria tendrá la responsabilidad de llevar un registro de al menos un 25% de los contenedores llenos que se reciban para exportación, de las declaraciones erróneas y de las correcciones hechas, y enviar un reporte mensual en formato digital a la Dirección General de Puertos e Industrias Marítimas de la AMP.
Algunas consideraciones extra en Panamá
Contaremos con tres meses de prueba para la aplicación de la regulación, para favorecer la adaptación por parte de todos los países. Igualmente, durante el primer año de vigencia se tolerará un 5% de diferencia en la MBV, y en adelante, esa tolerancia será del 2%.
- Si la MBV rebasara el rango de tolerancia establecido, la terminal podrá emitir, previa autorización del expedidor, un nuevo certificado que sustituiría al anterior para poder embarcar el contenedor, siempre que no comprometa la seguridad del buque.
- Si el expedidor, la naviera o la empresa externa no cumplen con la regulación, la AMP decretará la suspensión de la prestación del servicio de pesaje, que podrá ser revocada una vez satisfaga las causas del incumplimiento.
- Si se efectuasen cargos y/o cobros injustificados relativos a esta regulación, la AMP podría imponer sanciones a las terminales portuarias.
En definitiva, es esencial que nuestro contenedor disponga del Certificado de Peso (o boleto de pesaje, según el caso) con los datos de la MBV o VMG en el momento de ser embarcado, a fin de cumplir con la nueva regulación del convenio SOLAS. De lo contrario, no podrá hacerlo hasta que no disponga del mismo, podremos ser objeto de penalizaciones y la carga será retenida, o necesariamente transferida a algún almacén, con el consiguiente sobrecosto para las partes implicadas.
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