Novedades en el IVA de importación para 2023
Conoce las novedades respecto al IVA de importación que se mantendrán en vigor hasta el 30 de junio de 2023.
Para tratar de paliar los efectos sociales y económicos de la Guerra de Ucrania, la reconstrucción de la Isla de La Palma y otras situaciones de vulnerabilidad, por el Real Decreto-ley 20/2022 de 27 de diciembre se prorroga el IVA de importación reducido de determinadas mercancías y se anuncian nuevos IVA de importación para otros productos desde el 1 de enero y hasta el 30 de junio de 2023.
Prórroga del IVA de importación reducido hasta junio 2023
- Tipo 4% las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de las mascarillas quirúrgicas desechables referidas en el Acuerdo de la Comisión Interministerial de Precios de los Medicamentos, de 12 de noviembre de 2020.
- Tipo 0% las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de determinados bienes y prestaciones de servicios necesarios para combatir los efectos del SARS-CoV-2.
- Tipo 0% del régimen especial del recargo de equivalencia, prevista en la disposición final séptima del Real Decreto-ley 35/2020, de 22 de diciembre.
Nuevo IVA de importación hasta junio 2023
- TIPO 5% las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de los siguientes productos:
- Los aceites de oliva y de semillas.
- Las pastas alimenticias.
El tipo del recargo de equivalencia aplicable a estas operaciones será del 0,625 %. No obstante, a partir del 1 mayo 2023 el tipo impositivo será 10% en el caso de que la tasa interanual de la inflación subyacente del mes de marzo, publicada en abril, sea inferior al 5,5 por ciento. Y el tipo del recargo de equivalencia será del 1,4 %
- TIPO 0% Las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de los siguientes productos:
- El pan común, así como la masa de pan común congelada y el pan común congelado destinados exclusivamente a la elaboración del pan común.
- Las harinas panificables.
- Los siguientes tipos de leche producida por cualquier especie animal: natural, certificada, pasterizada, concentrada, desnatada, esterilizada, UHT, evaporada y en polvo.
- Los quesos.
- Los huevos.
- Las frutas, verduras, hortalizas, legumbres, tubérculos y cereales, que tengan la condición de productos naturales de acuerdo con el Código Alimentario y las disposiciones dictadas para su desarrollo.
El tipo del recargo de equivalencia aplicable a estas operaciones será del 0%. No obstante, a partir 1 mayo 2023 el tipo impositivo será el 4 % en el caso de que la tasa interanual de la inflación subyacente del mes de marzo, publicada en abril, sea inferior al 5,5 por ciento. Y el tipo del recargo de equivalencia aplicable a estas operaciones será del 0,5 %.
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